Tras los intentos frustrados de negociación con el Ayuntamiento, desde USIPA nos vimos obligados a impugnar las bases del procedimiento selectivo del equipo de salvamento, al considerar que la contratación no se ajustaba a derecho, ya que los contratos se realizaban como funcionarios interinos, de forma que no se adquieren derecho laborales de ningún tipo. Esta contratación, de acuerdo a la legislación laboral en vigor, deberían realizarse como personal laboral fijo discontinuo.
Esto no implica ningún coste para la administración, todo lo contrario, se ahorrarían la realización anual del procedimiento selectivo.
Finalmente, los tribunales nos han dado la razón y han declarado nula el punto uno de las bases que establece como forma de cobertura de las plazas la figura de funcionarios interinos.
Del mismo modo, están impugnadas las bases de este año 2013, con lo que es probable que la futura sentencia vaya en la misma línea.
Si el Ayuntamiento no regula de esta forma la contratación podrían surgir problemas de diversa índole, ya que el personal del año pasado habría adquirido unos derechos que podrían reclamar.
Con todo esto lo único que se persigue por parte de USIPA es la estabilidad en el empleo y la optimización de los recursos muncipales.