Tal y como se había anunciado, y en el B.O.E de 21 de diciembre de 2013, NOS DEVUELVEN UNO DE LOS DÍAS USURPADOS. Se ha publicado la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público. Modificando EBEP en su:
Disposición adicional cuarta.
Primero. El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público, queda con la siguiente redacción:
«Por asuntos particulares, cuatro días cada año».
Segundo. La limitación que el apartado Tres del artículo 8 del Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece respecto a los convenios, pactos y acuerdos para el personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas y sus Organismos Entidades, vinculados o dependientes de las mismas, debe entenderse referenciada a la nueva redacción dada al artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público de conformidad con el apartado primero de esta Disposición.
Os recordamos que en principio el mismo se va a poder disfrutar hasta el 17 de enero de 2014. Y hasta el primer trimestre del año 2014 de forma excepcional si no se ha podido disfrutar antes. Estando a la espera de la confirmación oficial por parte del Principado de Asturias.