Exentos de tasas judiciales:La nulidad de actuaciones, el error judicial y la revisión de sentencias firmes

La Dirección General de Tributos, ha respondido a la cuestión planteada por el Consejo General de la Abogacía Española  considerando que están exentos de abonar tasas judiciales los supuestos de incidente de nulidad de actuaciones (artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), las reclamaciones de cantidad por causa de error judicial (artículo 293 de la LOPJ) y en los […]

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