En conversación mantenida con la Dirección General de Justicia, se nos ha manifestado, que los días de Asuntos particulares pendientes de disfrutar del año 2.012, podrán ser disfrutados hasta el 31 de Marzo del presente año, previa presentación de la oportuna solicitud debidamente cumplimentada, es decir, con la Conformidad del Secretario Judicial. La concesión de éstos días se hace de confomidad a la legislación propia del Principado de Asturias en esta materia, ya que ésta tiene el carácter de supletoria a nuestro Calendario Laboral.
Modificación de la Resolución de 24 octubre 2025 por la que se acuerda el diseño y estructura de la oficina judicial para los Tribunales de Instancia debido a que la ejecución de Menores continuará llevándose a cabo en el mismo Juzgado
En el BOPA del día 6 de febrero se publica lo siguiente: Resolución de 2 de febrero de 2026, de