USIPA-SAIF solicita la realización anual de un reconocimiento médico al personal de la Administración de Justicia que desempeña sus servicios en el ámbito del Principado de Asturias

La falta de reconocimiento médico en los últimos años a los funcionarios de la Administración de Justicia que desempeñan sus servicios en el ámbito del Principado de Asturias resulta de todo punto inadmisible. Es por ello que con fecha 29 de abril de 2026 USIPA-SAIF ha presentado escrito ante la Viceconsejería de Justicia solicitando la realización anual de un reconocimiento médico.

El artículo 40 de la Constitución Española, en su punto 2, establece que los poderes públicos deben velar por la seguridad e higiene en el trabajo, mandato que abarca a todas las Administraciones Públicas, cada una en el ámbito de sus competencias, que residen no solo en el campo específico de la administración laboral, sino que, en virtud de la complejidad de los aspectos ligados a la salud y seguridad en el trabajo, comprenden otros espacios administrativos, entre ellos, el ámbito específico de la salud.

Al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución y 12.10 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, el Real Decreto 2089/1999, de 30 de diciembre, ha traspasado las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de seguridad e higiene en el trabajo al Principado de Asturias, estando constituido su marco normativo esencial por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, modificada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre siendo en el ámbito del Principado de Asturias el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales dependiente de la Dirección General de Función Pública el competente para proceder a estos efectos y estando contenida la regulación de tal Servicio en el Decreto 33/99, de 18 de junio por el que se regula la organización y funcionamiento del mismo (modificado por el Decreto 155/11).

A tenor del artículo 22.1 de la Ley de Prevención de riesgos laborales más arriba reseñada, el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.

Las tareas propias del personal de oficina son principalmente administrativas por lo que los riesgos a los que están expuestos estos empleados son ergonómicos, psicosociales y, llegado el caso, riesgos a nivel cardiovascular habida cuenta de que se trata de un trabajo caracterizado por un alto sedentarismo que constituye un factor de riesgo significativo para el desarrollo de este tipo de enfermedades a largo plazo.

Existen diversos factores presentes en el entorno laboral propio de una oficina que pueden favorecer la aparición de enfermedades cardiovasculares o su agravamiento tales como el estrés laboral crónico, especialmente el mantenido durante largos periodos, la sobrecarga de trabajo y los ritmos a menudo elevados o las jornadas prolongadas, factores que como se ha indicado, pueden provocar graves riesgos a nivel físico o mental (depresión, ansiedad, burnout…).

Todo ello justifica sobradamente la realización anual de un reconocimiento médico a los funcionarios de la Administración de Justicia que desarrollan su trabajo en el ámbito del Principado de Asturias toda vez que un reconocimiento cada tres o más años desvirtúa la finalidad para la cual están previstos tales exámenes.

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