La Dirección General de Justicia, en la últimas horas de la mañana de ayer, nos ha remitido e-mail del siguiente tenor literal:
"Siguiendo instrucciones del Director General y, tal y como se había quedado en la reunión de esta mañana, tras analizar la redacción de la Disposición adicional primera del borrador de la Resolución, aquélla queda redactada del siguiente tenor.
"El requisito previsto en el artículo 5.2 h) de la presente Resolución no será de aplicación a los solicitantes que a la fecha de entrada en vigor de la misma, formasen parte de alguna de las dos últimas bolsas de trabajo aprobadas por la Gerencia Territorial del Ministerio para el Principado de Asturias"
Con esta fecha se remite la nueva redacción al Sr. Secretario General Técnico del CGPJ a los efectos de lo dispuesto en el art. 500.4 de la LOPJ".
Que cada uno saque conclusiones.