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¡Sorprendente! ¿Verdad? Pero cierto.

Con fecha 4 de Julio del año en curso se ha recurrido por parte de la Consejería de la Presidencia, Justicia e Igualdad, la Sentencia de fecha 6 de Junio del presente año, por la que “anulaba el apartado 2.8.1 “jornada de verano”,

por ser contrario a Derecho en relación al colectivo de los Empleados Públicos autorizados a la Flexibilidad horaria en el plan concilia. Asimismo anulaba el apartado 5.2 “permisos” por ser contrario a Derecho, en relación a la prohibición relativa a los permisos derivados de los trienios.

Una vez más, el Principado de Asturias, garante de la protección de los derechos de los menores (o sujetos asimilados), muestra una especial sensibilidad, anteponiendo sus propios intereses, a los de los menores tutelados por los trabajadores que prestan sus servicios en la Administración de Justicia para el Principado de Asturias. Increíble pero cierto. No obstante, dentro de nuestro sindicato intentaremos mostrar esa sensibilidad que no ha tenido el Principado de Asturias, intentando que se haga justicia e instando que se ejecute provisionalmente la referida Sentencia.

 

Seguiremos informando…….

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