Solicitud Recuperación parte paga extra a los que estuvisteis en madrid (dic2012)

  • Empleados que hayan cesado/finalizado la relación laboral/servicios o se encuentren en situación de excedencia. La percepción de dicho abono requerirá solicitud previa del interesado o de sus herederos legales al Centro Gestor al que le hubiera correspondido abonar la paga en diciembre de 2012. Quedan incluidos en el presente apartado los siguientes:

 – Empleados públicos que desde esa fecha (diciembre de 2012) hayan concursado a otra Administración.

– Empleados que hayan promocionado como funcionario  o estatutario (Procesos de Promoción Interna o Estatutarización).

– Empleados que hayan finalizado la relación de servicio (aunque con posterioridad a esa fecha, con o sin solución de continuidad, hayan podido iniciar una o varias relaciones de empleo con la Comunidad de Madrid).

– Jubilados

– Fallecidos

Para cualquier información adicional dirigirse a la unidad de personal de la Consejería, Organismo Autónomo o Ente donde prestó sus servicios.

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