Se ha publicado el Acuerdo por el que se ACUERDA EXCLUIR del Anexo III del Acuerdo de este mismo Tribunal de
fecha 22 de octubre de 2015, por no tener la antigüedad mínima de DOS AÑOS
requerida en la Base 4.2 de la Orden JUS/1615/2014, de 4 de septiembre, los
siguientes opositores
Os recordamos que para poder promocionar tanto a Secretarios (Ahora Letrados) como a Gestión o Tramitación se exigue tener una antiguedad minima de dos años, en el cuerpo.