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Publicado en el BOE: Nuevos destinos por Ejecución de Sentencia Concurso Traslados 2012 Gestion Procesal

Se acaba de publicar en el B.O.E.  y en el B.O.P.A. la Resolución de 24 de abril de 2013, de la Consejería de Presidencia, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la de 7 de noviembre de 2012,  por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los  Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal  y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 30 de abril de 2012. 

Enlace la B.O.E
Enlace al B.O.P.A.

La toma de posesión del nuevo destino se producirá en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio  de localidad del funcionario, o en los ocho días naturales siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte días naturales si implica cambio  de Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias,  Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, de un mes, tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen  como si es el de destino. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida.

5.º Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la Administración de  Justicia, procedentes desde las situaciones administrativas de excedencia voluntaria por  prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular,  excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, el plazo  posesorio será de veinte días naturales y deberá computarse desde el día de la  publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se  encontraran en activo en otro Cuerpo o Escala de la Administración de Justicia y no  quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración, bastará con  que, dentro del plazo posesorio de veinte días naturales, tomen posesión en el nuevo  Cuerpo o Escala, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha  inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de  posesión, podrán solicitar a la Gerencia Territorial de Justicia de su actual destino u  órgano equivalente de la Comunidad Autónoma con competencias transferidas, un  permiso retribuido de dos días naturales si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos en que hayan de desplazarse a o desde Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días naturales, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.

Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia Territorial que corresponda,  se les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo o Escala de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo o Escala al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su toma de posesión en los Cuerpos o Escalas a que se refiere esta Resolución, al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la toma de posesión del titular.
6.º Para la formalización de los documentos de cese/toma de posesión deberán personarse en la Sección de Personal de Justicia, sita en la calle Hermanos Menéndez  Pidal, 7-9, planta baja, 33005 Oviedo, en horario de 9:00 a 14:00 horas. Una vez tomen posesión se les entregará la documentación acreditativa para su presentación en el Juzgado correspondiente.

7.º El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, los permisos o licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios, salvo que por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el disfrute de los mismos.
 
ENHORABUENA A TODOS LOS BENEFICIADOS!
Seguiremos recuperando derechos para nuestro colectivo; aunque sea a GOLPE DE SENTENCIAS!

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