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De momento no es aplicable en Asturias, Resoluciones Incapacidad Temporal del ámbito no transferido

En el BOE, de 31 de diciembre de 2015, se publican resoluciones del Ministerio de Justicia que equiparan, con efectos de 1 de enero de 2016, la situación por la que todo el personal de la Administración de Justicia, del ámbito no transferido, percibirá el 100% de las retribuciones en los casos de Incapacidad Temporal (IT), equiparándola con la que tienen regulada jueces y fiscales. Para los cuerpos generales y especiales del ámbito no transferido, y para  los Letrados de la Administración de Justicia (Secretarios Judiciales).
 
Los efectos de dichas resoluciones son de aplicación para las situaciones de incapacidad temporal que se produzcan a partir del 1 de enero de 2016,
Pero de momento no son aplicables en Asturias, ni en otras Comunidades con competencias transferidas. Situación que nos parece evidentemente inaceptable y haremos todo lo posible para su aplicación en Asturias. (Situación que ya trasladamos en la última/s mesa/s negociación al Director General de Justicia y de Función Pública)
Os mantendremos informados.
 
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