Si habeis prestado servicios para la Administración de Justicia antes del 1 de Agosto de 1990 y a fecha actual no os han sido reconocidos, te informamos que:
De Oficio el Ministerio de Justicia no reconoce dichos Servicios (pese a estar pedido sindicalmente) y que como muchos sabéis para las extensiones de Sentencia son necesarios unos requisitos muy concretos establecidos en la Ley; por lo que pese a las informaciones que circulan, “de algunos que oyen campanas y no saben donde..” de que se pida extensión de efectos etc.., os comunicamos que actualmente aquí en Asturias no existe Sentencia en dicho sentido a que poder pedir la extensión.
Por lo que si eres interino y tienes servicios no reconocidos antes del 1 de agosto de 1990, ponte en contacto con nosotros porque nuestro Servicio Jurídico ya está llevando a cabo los Recursos Pertinentes para que los mismos, individualmente, sean reconocidos a raíz de las diversas sentencias existentes en otros ámbitos.
Os mantendremos informados!
SABEMOS LO QUE HACEMOS!. NUESTRAS NUMEROSAS SENTENCIAS GANADAS DISTINGUEN A NUESTRO SERVICIO JURIDICO
AFILIATE SON SOLO 6 EUROS!