En tanto se regula la jornada de 35 horas para los funcionarios de la Administración de Justicia dependientes del Principado de Asturias, sigue en vigor el Calendario Laboral aprobado en 2015, el cual se encuentra prorrogado, y que recoge en su artículo 2.9 la jornada de verano, conforme a la cual, durante el periodo que va desde el día 15 de junio y hasta el 15 de septiembre, ambos inclusive, el personal al servicio de la Administración de Justicia con destino en los órganos judiciales, fiscalías y demás servicios de la Administración de Justicia en el Principado de Asturias podrá flexibilizar su jornada de trabajo, mediante reducción en dos horas y media de cómputo semanal.
Todo ello sin perjuicio de respetar lo dispuesto en el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, con respecto a la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos para realizar estas funciones hasta las quince horas.