LA DIRECCION GENERAL DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS TENDRA QUE PAGAR 3.376 EUROS A UNA FUNCIONARIA DEL CUERPO DE GESTION PROCESAL QUE TENIA “HABILITADA LA FIRMA EN EL REGISTRO CIVIL”
El caso es que en la Práctica los Secretarios Judiciales “Delegan” en el Funcionario del Cuerpo de Gestión sus funciones y le habilitan para Funciones Registrales; lo que supone una carga de trabajo y una mayor responsabilidad al Funcionario del Cuerpo de Gestión que sin cobrar ni un solo euro venía haciendo dichas funciones .
Desde el Servicio Juridico de Usipa especializado en Personal de Justicia, reclamamos que se Abonaran dichas Funciones o se eximiera de su ejercicio y la responsabilidad de las mismas.
Tenemos a vuestra disposición la Sentencia Ganada. Si habéis hecho o estáis haciendo Funciones del art. 44.3 del Reglamento del Registro Civil llamarnos y os informaremos para que podáis reclamar y cobrar.
SE HA VUELTO A HACER JUSTICIA, SEGUIREMOS RECURRIENDO y RECUPERANDO NUESTROS DERECHOS EN LOS TRIBUNALES.