Se acaba de dictar sentencia Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo del 21 de Febrero de 2014. El Estado no es responsable del pago retroactivo de los trienios al personal interino ya que el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) fijaba sus efectos desde su vigencia ( Abril de 2007) pese a que la Directiva europea fijaba como límite de transposición al Derecho interno el 10 de Julio de 2001.
Es conveniente que se conozca, entre otras cosas para que los interesados que tengan un recurso pendiente ante la misma Sala puedan desistir a tiempo para librarse de las costas (cuyo límite máximo no es precisamente bajo, 4.000 €
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