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Devoluciones IRPF Maternidad/Paternidad

Para aquellas personas que hayan tenido hijos entre los años 2014 y 2017, el Ministerio de Hacienda ha publicado información sobre la exención de las retenciones del IRPF de las prestaciones por maternidad y/o paternidad y la devolución de las mismas. 

Conforme al mismo, puede reclamarse la devolución del IRPF aplicado entre los años 2014 a 2017. Las devolución correspondiente a las prestaciones percibidas en los años 2014 y 2015 puede solicitarse ya mismo, mientras que la devolución correspondiente a los años 2016 y 2017 deberá solicitarse a partir del próximo mes de enero, una vez esté disponible el formulario oportuno.

Si las rentas fueron percibidas durante más de un año, se deberá solicitar la devolución correspondiente a cada uno de los ejercicios.

La exención de dichas prestaciones percibidas en el año 2018 se tendra en cuenta en los datos fiscales que se ofrezcan para presentar la declaración correspondiente.

Os recordamos que en esta situación pueden encontrarse los funcionarios interinos, toda vez que son los que están encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social. Los titulares, incluidos en el régimen de la Mutualidad General Judicial, no pueden aún beneficiarse de la misma, toda vez que no perciben dichas prestaciones sino que mantienen sus retribuciones durante el permiso y pagan el correspondiente IRPF, estando pendiente un cambio legislativo al efecto, ya anunciado por el Gobierno, a fin de que puedan beneficiarse igualmente del proceso de devolución y la exención de retenciones.

Información Hacienda Devolución

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