DEDUCCIÓN DE LAS CUOTAS SINDICALES EN EL I.R.P.F.

Comenzando la campaña de Renta 2025 el próximo 8 de abril queremos recordaros que las cuotas sindicales son deducibles debiéndose consignar el importe correspondiente en la casilla 0014 («Cuotas satisfechas a Sindicatos») dentro de los Gastos deducibles de los «Rendimientos del trabajo».

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