Criterios de cese tras la sentencia de la Sala de lo social del TSJ 1041/2023 en la aplicación los criterios de cese previstos en la Resolución de 20 de febrero de 2004, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se establecen normas para la adscripción de personal no permanente:
1. A la hora de determinar los ceses que se deriven de la adjudicación de destinos en los concursos para la provisión de puestos de trabajo, se considera que la causa de extinción por provisión únicamente afecta a los puestos que figuren como vacantes iniciales en la convocatoria, ya que sólo se proveen estos y los que se adjudiquen a resultas en la ejecución del propio concurso.
2. En lo que respecta a la determinación de los ceses que se deriven de la incorporación de personal en ejecución de las ofertas de empleo público, se considera que la causa de extinción únicamente puede afectar a los puestos cuya adjudicación hubiera sido declarada desierta al menos una vez en un procedimiento de provisión por concurso, además de respetar lo dispuesto para estos procesos en la Resolución de 20 de febrero de 2004 (los puestos de trabajo de la unidad administrativa de adscripción directa e inmediata de los empleados públicos afectados que hayan sido incluidos en una oferta pública de empleo, aunque tuvieran la misma configuración, se considerarán puestos de trabajo distintos a los efectos de determinar el criterio de cese).