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Convocatoria del concurso de méritos de puestos singularizados del Personal Funcionario

Resolución de 26 de julio de 2023, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados de carácter funcionarial.

Acceso al BOPA: https://sede.asturias.es/bopa/2023/08/16/2023-07253.pdf

Enlace a la solicitud telemática, ya que de acuerdo con las bases, es la forma obligatoria de presentarla (acceso)

 

Queremos recordar que esta convocatoria no es en realidad definitiva, pues en la base tercera, recoge una serie de cuestiones que darán lugar a un nuevo plazo para la presentación de solicitudes.

Tercero.—Una vez publicado el instrumento de ordenación de puestos de trabajo que contenga la totalidad de los puestos singularizados, ya adaptados a lo dispuesto en la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, así como a las nuevas estructuras orgánicas que decida el gobierno que se formará tras las elecciones autonómicas celebradas el pasado 28 de mayo, se aprobará un anexo I con los puestos de trabajo singularizados susceptibles de verse afectados por la convocatoria y que sustituya al actual anexo.
Con la publicación de este anexo I se iniciará un nuevo plazo para la presentación de solicitudes, sin perjuicio de que a efectos del cumplimiento del requisito de permanencia contemplado en el artículo 64.10 de la Ley 2/2023, los participantes que hubieran presentado la instancia en el plazo inicial conserven sus efectos aunque en el nuevo plazo presenten otra que sustituya la anterior y con independencia de los que se deriven de la última presentada.
Si entre la publicación de esta convocatoria y la del anexo I abriendo un nuevo plazo de presentación, se resolviera la adjudicación de destinos en puestos no singularizados (convocatoria publicada en el BOPA del 8 de mayo de 2023), la conservación de la instancia inicial permitirá considerar que los adjudicatarios que la presentaron y cumplían en la entonces fecha final del plazo de presentación de instancias el requisito del tiempo exigido para participar en la convocatoria, lo tengan cumplido igualmente al finalizar el nuevo plazo de presentación.
Igualmente, quienes cumplían en la fecha final del primer plazo de presentación el requisito del tiempo de permanencia exigido para solicitar un puesto de trabajo, lo tendrán cumplido para el mismo puesto al finalizar el nuevo plazo de presentación.
Con la excepción señalada y respecto de todos los participantes, la fecha de la publicación del anexo I servirá de referencia para la evaluación de los méritos y la del fin del nuevo plazo de presentación como referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos.

De esta forma, quienes hubieran presentado la instancia inicialmente y aportado documentación acreditativa que guarde relación con alguna de las fechas válidas inicialmente, deberán en su caso, reiterar dicha documentación si bien, referida a las nuevas fechas de referencia.

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