BORRADOR DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO MÉRITOS PARA LA
PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO PARA EL PERSONAL LABORAL
DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS INTEGRADOS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL V CONVENIO COLECTIVO
Os adjuntamos el borrador de las Bases y el Anexo I (relación de puestos convocados) de la próxima Convocatoria del Concurso de Méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados para el Personal Laboral, que la Administración nos ha trasladado hoy al sindicato USIPA.
Tras una primera valoración, “a priori” parece que la Administración no ha sido tan miserable como en los Concursos de Méritos para Personal Funcionario, al establecer dos procedimientos entre los que debe optar el trabajador interesado: o la presentación de una “memoria” sobre el puesto de trabajo al que se opta o la presentación de una o varias certificaciones de méritos específicos adquiridos por el participante (pág. 4, 5 y 6). Sin embargo ¿cómo se homologa la puntuación de esos 5 puntos entre una u otra opción, entre la presentación de una “memoria” o la de una “certificación”? ¿Qué criterio es el ecuánime? Porque con respecto a la certificación se valorará el desempeño de puestos de trabajo al servicio de cualquier Administración Pública con posterioridad al 1 de enero de 1982 (como establecía la sentencia en el caso de los Concursos de Méritos para Personal Funcionario), asignándose la puntuación atribuida a cada mérito sobre la base de la proporción entre el período acreditado y el máximo posible …Pero en la “entrevista” la puntuación será aquélla que consideren los miembros de la Comisión de Valoración, siendo la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de ellos, desechándose para su cálculo las puntuaciones máxima y mínima. Parece imposible un trato de igualdad entre dos aspirantes a un mismo puesto de trabajo si uno de ellos ha optado por la opción de la memoria y el otro por la del certificado.
Por otra parte, hay que recordar que se está pendiente de un recurso de “inejecución de sentencia” que se tendrá que resolver en un breve plazo de tiempo (unos 20 días, aproximadamente) y que podría hacer variar completamente la configuración y las bases de todos estos Concursos de Méritos.
Sí establecen correctamente lo dispuesto en la valoración del trabajo desarrollado, que se tendrá en cuenta desde el 1 de enero de 1988 (como siempre se había tenido en cuenta) y no como han hecho en el caso de los Concursos de Méritos para funcionarios, que fue limitado a los últimos 15 años, con lo cual la mayoría de funcionarios prácticamente no pueden llegar al máximo de 5 puntos. Asimismo la fecha de referencia de acreditación de los méritos, en todos los casos, será la de la finalización del plazo de presentación de instancias, y la puntuación global mínima para obtener plaza será de 1 punto, cuando en los del Personal Funcionario era de 4 puntos.
En resumen, la Comisión Mixta Paritaria del V Convenio Colectivo para Personal Laboral ha sido convocada para debatir y presentar las correspondientes alegaciones al respecto de este borrador y de sus anexos para el martes 26 de abril, por lo que si queréis hacernos llegar alguna indicación, sugerencia, comentario… o incluso advertirnos de la falta en la convocatoria de algún otro puesto (están relacionados en el Anexo I), no os demoréis mucho en comunicárnoslo al sindicato.
Por otra parte, informaros que también serán analizadas en esta reunión de la Comisión Mixta Paritaria del V Convenio Colectivo, tres reclamaciones que fueron presentadas contra la Resolución por la que la Consejería de Administraciones Públicas inició el procedimiento del último Concurso de Traslados para Personal Laboral (BOPA 19/02/2011, con corrección de errores en el de fecha 04/03/2011).
De aceptarse alguna de estas reclamaciones, las correspondientes modificaciones podrían suponer la apertura de un nuevo plazo de presentación de instancias y la evidente demora en la resolución de este Concurso de Traslados para Personal Laboral.
USIPA-SAIF TU SINDICATO INDEPENDIENTE PARA Y POR
LA DEFENSA DE LOS TRABAJADORES ASTURIANOS