Compensación de Días Por Festivos Coincidentes en Sábado

Desde la Viceconsejería nos informan sobre el nuevo criterio de la Dirección General de Función Pública, de modo que, cada año natural, cuando alguna de las festividades laborales no recuperables (de ámbito nacional, regional y local) coincidan en sábado, se tendrá derecho a la compensación correspondiente a dichos días, supeditado siempre al cumplimiento de la jornada en cómputo anual, siendo necesario para su concesión tener una relación de servicio o laboral con la Administración en dicha festividad. 

Os adjuntamos más abajo la circular remitida por Función Pública.

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