B.O.E: Ley de Tasas, aprobado el Modelo de Autoliquidación

Se ha publicado  la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.

Publicado en: Boletín Oficial del Estado, núm. 301 de 15 de diciembre de 2012, páginas 85368 a 85382 (15 págs.)

Sección: I. Disposiciones generales Departamento: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Estableciendo la Disposición final segunda la  Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día 17 de diciembre de 2012, aplicándose a los hechos imponibles que tengan lugar a partir de la entrada en vigor de la misma.

No obstante lo anterior, las disposiciones referentes al modelo 695 recogidas en los artículos 2, 4, 5, 9, 10 y 11 así como lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 12, en el apartado 2 del artículo 13 y en el artículo 14, entrarán en vigor el 1 de abril de 2013.

En caso de que las fechas señaladas en los apartados a) y b) del apartado 2 del artículo 2 de la orden sean anteriores al 1 de abril de 2013, el plazo de cuatro años para la presentación del modelo 695 previsto en el artículo 4, comenzará a contar desde dicha fecha.
 

Enlace al B.O.E:

Enlace internet explicacion a la ciudadanía de las Tasas Judiciales:

(Enlace a Díptico  que ha sido elaborado  por los compañeros del Juzgado de Leganés para entregar a los ciudadanos en la campaña de recogida de firmas)

(Mgla)
 

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