Una vez conocida la Oferta de Empleo público en Justicia, nos alegra que se haya publicado ya en el B.O.E de hoy:
la Orden JUS/539/2015, de 25 de marzo, por la que se nombra la Comisión de Selección de Personal de la Administración de Justicia.
Las competencias de la Comisión de Selección, establecidas en el Reglamento de Ingreso, son:
-. Elaborar y aprobar los temarios, que serán únicos para cada cuerpo en todo el territorio del Estado.
-. Elaborar las bases de convocatoria por las que han de regirse los procesos selectivos para ingreso en los correspondientes cuerpos de funcionarios.
-. Proponer el baremo de méritos según los aspectos desarrollados en el artículo 37 del título II de este reglamento, así como la puntuación que será atribuida a cada uno de ellos para el acceso a los cuerpos de funcionarios por el sistema de concurso-oposición, baremo que será aprobado por el Ministerio de Justicia previa negociación con las organizaciones sindicales y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
-. Determinar el programa formativo correspondiente al periodo de prácticas o curso selectivo, así como los criterios para su evaluación.
-. Fijar los criterios de actuación que deben regir el proceso selectivo, que se plasmarán en las respectivas bases de la convocatoria.
-. Analizar y proponer, en su caso, al Ministerio de Justicia cuantas medidas puedan resultar convenientes para la mejora de los procesos selectivo