El Juzgado de lo contencioso nº5 de Oviedo, ha estimado el recurso interpuesto por los Servicios Jurídicos de USIPA contra la Instrucción sobre el calendario laboral del personal al servicio de la Administración de Justicia en el Principado de Asturias.
En concreto se anula el apartado 2.8.1, y queda sin efecto, la restricción horaria de verano por ser contraria a derecho del colectivo de funcionarios de justicia que tienen autorizado la flexibilidad horaria del Plan Concilia. Es decir, aquellos que tienen solicitado el Plan Concilia y no podían ejercer el derecho a la flexibilidad horaria en verano, ahora si pueden. Si a la Administración se le ocurre recurrir la sentencia, USIPA pedirá la ejecución provisional y asesoraría a los perjudicados para reclamar la oportuna responsabilidad.
También declara contrario a Derecho el apartado 5.2 en relación con los días generados por trienios acumulables a las vacaciones (en la práctica se permitían acumular pero la sentencia lo reconoce jurídicamente).
Recordamos que estas instrucciones se aprobaron “previo informe favorable del Consejo General del Poder Judicial y negociación con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Justicia”. ACCESO
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