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Ampliación disfrute de vacaciones y asuntos propios correspondientes a 2023

Ante las peticiones que habiamos trasladado desde este Sindicato para la posible ampliación del disfrute de vacaciones y asuntos propios, hoy hemos recibido la siguiente comunicación por parte de la Viceconsejería de Justicia:

Asunto: Ampliación del periodo de disfrute de vacaciones y asuntos propios correspondientes
a 2023
Como consecuencia de la huelga convocada en abril de este año entre los funcionarios de los
cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia, por la Viceconsejería de Justicia
se comunicó que, con carácter general, no se concederían permisos y/o licencias sujetos a
autorización previa (vacaciones y asuntos particulares) solicitados con posterioridad al 12 de
abril de 2023. Esta situación se prolongó hasta finales del mes de julio.

Teniendo en cuanta esta circunstancia y la consiguiente acumulación de días de vacaciones y
asuntos particulares pendientes de disfrutar y para garantizar que el servicio público pueda
quedar adecuadamente atendido con ocasión de las fiestas de los meses de diciembre de 2023 y
enero de 2024, procede autorizar el disfrute de estos a lo largo del primer trimestre de 2024.

Por lo expuesto, se comunica que el personal funcionario de los Cuerpos Generales y Especiales
de la Administración de Justicia en el ámbito gestionado por el Principado de Asturias, siempre
que concurran las circunstancias y requisitos previstos en la ley para su concesión:

1.- Podrán, como regla general, disfrutar hasta el 31 de enero de 2024 las vacaciones y días de
permiso por asuntos particulares correspondientes a 2023.

2. Se podrá autorizar también el disfrute de las vacaciones, correspondientes al año 2023, hasta
el 31 de marzo de 2024 al personal funcionario de los Cuerpos Generales y Especiales de la
Administración de Justicia del Principado de Asturias:

– Destinados en aquellas unidades donde, de no hacerlo y dada su naturaleza y funciones, así
como la imposibilidad de arbitrar mecanismos de sustitución, se produzca un riesgo cierto o
incluso el colapso de la prestación ordinaria de servicios públicos durante los meses de
diciembre y enero de 2023; o bien
– En aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2023 que hayan sido denegadas
expresamente, cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en la
convocatoria de huelga.

3. Además, y con carácter excepcional, hasta el 31 de marzo de 2024 podrán disfrutar de tres de
los días de permiso por asuntos particulares que les correspondan del año 2023 y no hubieren
consumido hasta el 31 de enero de 2024.

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