ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR NÚMERO UNO, POR EL QUE SE
RESUELVEN LAS DUDAS SOBRE LA PUNTUACIÓN MÍNIMA NECESARIA PARA LA
RESERVA DE LA NOTA DEL PRIMER EJERCICIO DE PROMOCIÓN INTERNA PARA
LA SIGUIENTE CONVOCATORIA EN DETERMINADAS CONDICIONES, TRAS LA
ANULACIÓN DE DOS PREGUNTAS.
El Tribunal Calificador Número Uno, reunido el 23 de marzo de 2015,
ACUERDA
Que la nota mínima necesaria para acceder a la reserva del la nota del primer ejercicio de
promoción interna, prevista en la Base 7.3 de la Orden de Convocatoria, ha de ser superior
de 11,76 puntos, ya que la calificación máxima a la que se alude en la referida Orden no ha
resultado ser la calificación inicialmente prevista de 20 puntos, sino de 19,60 puntos, como
consecuencia de la anulación por el Tribunal de dos preguntas. La validez de esta medida
será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, en los términos que se establezcan
por el Ministerio convocante, excediendo de las facultades de este Tribunal el
reconocimiento individual del derecho para la próxima convocatoria.