Hemos podido comprobar en la nómina del mes de septiembre, que bajo el concepto Complemento de Digitalización, se ha abonado lo acordado respecto al complemento especifico para este año 2024, tras el Acuerdo firmado, junto con los atrasos desde Mayo de 2024.
Ha habido algún error para algunos compañeros que no se encontraban en activo al 1 de mayo de 2024, el cual se subsanará en la próxima nómina para los mismos. Cualquier duda podeis poneros en contacto con nosotros.
La subida supone:
médicos forenses: 180 euros/mes
gestión: 115 euros/mes
tramitación: 75 euros/mes
Auxilio: 60 euros/mes
con los atrasos desde el 1 de mayo de 2024 que ya vienen abonados en la nómina de septiembre de 2024.
— A partir del 1 de enero de 2025 las cuantías mensuales para cada Cuerpo serán las siguientes:
médicos forenses: 210 euros/mes
gestión: 200 euros/mes
tramitación: 140 euros/mes
Auxilio: 110 euros/mes
A partir del 1 de enero de 2026 las cuantías mensuales para cada Cuerpo serán las siguientes:
médicos forenses: 300 euros/mes
gestión: 295 euros/mes
tramitación: 190 euros/mes
Auxilio: 165 euros/mes
Tienen, además, el carácter de no absorbibles por ningún otro concepto retributivo actual o que se pueda establecer en el futuro, y se establecen sin perjuicio de la subida que para cada ejercicio se determine en las correspondientes leyes de presupuestos generales del Principado de Asturias, para los empleados públicos que, en todo caso, les serán de aplicación.
Este Acuerdo sustituye al Acuerdo de 20 de febrero de 2024 de la mesa sectorial de negociación del Personal al servicio de la Administración de justicia, por el que se establece un complemento retributivo de reconocimiento de la trayectoria profesional al personal funcionario al servicio de la Administración de justicia en el Principado de Asturias, al entenderse que ese complemento retributivo se corresponde con una retribución que precisa de la regulación previa por Real decreto a propuesta del ministerio de Justicia.
la Administración del Principado de Asturias se compromete a negociar la carrera profesional en el plazo máximo de 5 meses desde la publicación, por parte del ministerio de justicia, del real decreto a que se refiere el artículo 519.3 de la ley orgánica del Poder judicial, teniendo en cuenta el marco presupuestario que establezca la Consejería competente en materia de Hacienda.