La despenalización de las Faltas en el nuevo Código Penal

Os recomendamos la lectura de este articulo publicado en el periódico digital Infolibre, del que os transcribimos algunos estractos.

"las dos terceras partes de las faltas que desaparecen pasan a integrar la nueva categoría de delitos leves. Es decir las conductas que suponían cometer dichas faltas no solo no dejan de estar castigadas por el Código Penal sino que ahora se convierten en delitos con el consecuente incremento de pena.

"El segundo argumento esgrimido, el de intentar descongestionar los juzgados, se sostiene todavía peor. Las faltas que con mas frecuencia se vienen dando son las de lesiones, amenazas y contra el patrimonio que suponen alrededor del 90% de los Juicios de falta. Pues bien, todas ellas son de las que pasan a ser consideradas delitos leves y por tanto seguirán dando lugar a procedimientos judiciales. Así pues la litigiosidad no bajará significativamente."

Artículo completo

Hemos exigido la formación urgente en dichas reformas y la adaptación de los sistemas informáticos y módelos a la nueva reforma, que ya está originando problemas en algunos Juzgado

Os dejamos enlaces a las reformas con cuadros comparativos

 

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