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Denuncia ante Inspección de Trabajo por falta de material de protección en la Justicia Asturiana.

Hemos pedido a la Viceconsejería de Justicia, que procedan a desinfectar las sedes de los Juzgados de Guardia los fines de semana, puesto que tenemos constancia que sólo se está efectuando de lunes a viernes.
Asi mismo os dejamos copia de la denuncia que La parte social del Comité de Seguridad y Salud del Personal al Servicio de la Administración de Justicia en el ámbito del Principado de Asturias, con el acuerdo de la Junta de Personal, presentamos en el día de hoy ante la Inspección de Trabajo en los siguientes términos: 
 
A LA INSPECCIÓN TERRITORIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE ASTURIAS
 
 
Calle Ildefonso Sánchez del Río, 1 – 33001 – OVIEDO
 
La parte social del Comité de Seguridad y Salud del Personal al Servicio de la Administración de Justicia en el ámbito del Principado de Asturias integrada por los siguientes delegados y delegadas de prevención: Aurelio José Azpiazu Álvarez-Santullano con DNI nº           , Félix Fernández Jara con DNI nº               , Daniel Alonso Valdés con DNI nº              , María Guadalupe Lorenzo Aguilera con DNI nº       y María del Carmen Peláez Martos con DNI nº       ; con el acuerdo de la Junta de Personal Funcionario de la Administración de Justicia del Principado de Asturias, y con el siguiente correo electrónico a efecto de notificaciones                    , mediante el presente escrito formulamos denuncia por posible infracción de la normativa de prevención de riesgos laborales. Se basa la presente denuncia en los siguientes
MOTIVOS:
 
PRIMERO.- El pasado día 30 de marzo la parte social del Comité de Seguridad y Salud para el personal al servicio de la Administración de Justicia de Asturias interesó la celebración de una reunión urgente del mismo, vía telemática, con el siguiente objeto:
 
-Solicitar las medidas preventivas que la Administración ha aplicado y evaluar si son suficientes para preservar la salud de los trabajadores.
 
-Instar a la Administración que ponga los medios de protección precisos que aún están pendientes.
 
-Recibir información del Plan Preventivo que existe para proteger a los trabajadores ante esta situación de alarma mundial.
 
-Recibir información y traslado de las actas del comité formado en el Tribunal Superior de Justicia, así como informe del material que ha llegado del Ministerio de Justicia y cómo se ha repartido.
 
El martes, 31 de marzo, la Jefa del Servicio de Relaciones con la Administración de Justicia nos responde que, en estas circunstancias, no les es posible celebrar la reunión interesada.
 
Se niega de esta forma la posibilidad de actuación del Comité de Seguridad y Salud en orden a evaluar si las medidas preventivas aplicadas por la Administración son las necesarias o a disponer de toda la información sobre los planes de desinfección y su ejecución, material de protección proporcionado, casos confirmados de contagio, posibles o probables, teletrabajo, planes de realización de test…
 
De alguno de estos datos hemos tenido conocimiento por el propio Ministerio de Justicia, pero no por la Viceconsejería de Justicia de Asturias.
 
Desde la declaración del estado de alarma solo se ha comunicado, por parte de la Administración a la parte social del Comité de Seguridad y Salud, los dos casos confirmados de coronavirus y tres documentos, dos de los cuales ya estaban en poder de los delegados y delegadas de prevención.
 
Entendemos que el Comité de Seguridad y Salud ante esta situación de emergencia sanitaria es un instrumento necesario y obligatorio, que se debería reunir y quedar constituido con carácter permanente para no tener que convocar una nueva reunión ante cada incidencia.
 
 
SEGUNDO.- El día 15 de abril del presente ha entrado en vigor la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Consejera de Presidencia por la que se adapta la prestación del servicio público de justicia al Real Decreto 487/2020, de 10 de abril en la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, así como la Resolución del Ministro de Justicia de 13 de abril de 2020 por la que se adapta la prestación del servicio público de justicia al Real Decreto 487/2020, de 10 de abril que sirve de base a la primera de las resoluciones.
 
Conforme a estas resoluciones se produce una modificación sustancial de los servicios mínimos establecidos para la Administración de Justicia, pasando de un régimen, en su mayor parte, de disponibilidad a uno de presencialidad, con lo cual se ha obligado a partir del día 15 de este mes a acudir a su puesto de trabajo a más personal funcionario que en la situación anterior.
 
Con estas resoluciones se incrementa el riesgo de contagio sin justificación alguna, por cuanto con el régimen de disponibilidad con el que se ha venido prestando el servicio durante las últimas dos semanas, los servicios esenciales estaban perfectamente atendidos.
 
La situación se agrava al no disponer todo el personal de justicia que tiene que acudir a su puesto de trabajo del material de protección necesarios (guantes, mascarillas, geles desinfectantes…) ni de las medidas preventivas establecidas frente al COVID-19, ya que hemos constatado que el suministro de dicho material no está ni mucho menos garantizado.
 
El mismo día 15 se ha requerido a la Viceconsejería de Justicia de Asturias para que subsane el incumplimiento de dichas medidas preventivas, sin que a día de hoy ello se haya producido, siendo numeroso el personal de justicia que está solicitando que se le dote de material de protección y no se le está proporcionando.
FUNDAMENTA:
 
 
PRIMERO.- Incumplimiento de los artículos 18, 33 y 36 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales sobre los derechos de información, consulta y participación de los trabajadores y delegados de prevención, así como del art. 39 que reconoce a los Comités de Seguridad y Salud la competencia para “promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes” y les faculta para “conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención. Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores, al objeto de valorar su causa y proponer la medidas preventivas oportunas.”.
 
 
SEGUNDO.- Incumplimiento del art. 14.1 de la Ley de Prevención de Derechos Laborales, Ley 31/1995, Derecho a la protección frente a los riesgos laborales, del art.  14.2, modificado por la Ley 54/2003; del art. 14.5; del art. 21, Riesgo grave o inminente.    
 
Incumplimiento de la Resolución del Ministro de Justicia de 13 de abril de 2020 por la que se adapta la prestación del servicio público de justicia al Real Decreto 487/2020 que establece que los “principios de actuación que promueve la resolución para esta nueva fase son los siguientes:
 
(…)
 
2. Provisión efectiva y coordinada de hidrogeles, guantes y mascarillas por parte de las administraciones prestacionales de justicia para proteger la salud de todos los profesionales de la administración de justicia, así como del conjunto de la ciudadanía que acude a juzgados y tribunales, cumpliendo criterios de uso de las autoridades sanitarias.".
 
Incumplimiento de la Resolución del Ministro de Justicia de 23 de marzo de 2020 sobre Seguridad Laboral de la Administración de Justicia durante la Pandemia COVID-19.
 
Por todo lo expuesto,
SOLICITAMOS  A LA INSPECCIÓN TERRITORIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE ASTURIAS que teniendo por presentada esta denuncia contra la empresa VICECONSEJERÍA DE JUSTICIA – CONSEJERÌA DE PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, la admita a trámite y a la vista de los hechos y razones expuestas, compruebe la veracidad de la misma a la mayor brevedad posible y actuando como en justicia corresponda, levante la correspondiente acta de infracción si procediese, teniéndome por parte a todos los efectos en mi condición de interesado y notificándome el resultado de las gestiones.
 
 
En Oviedo, a 17 de Abril de 2020.
 
 

 
 
 

 
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