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Las Vacaciones retribuidas y NO Disfrutadas COMPUTAN A EFECTOS DE ANTIGÜEDAD

Las Vacaciones retribuidas y NO Disfrutadas COMPUTAN A EFECTOS DE ANTIGÜEDAD,

Tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso /Administrativo, Sección Cuarta, Sentencia nº 324/2024 de fecha 28/02/24, en su FALLO se da reconocimiento a que los períodos de vacaciones retribuidos económicamente y no disfrutados sean reconocidos y computados como tiempo efectivo de prestación de servicios.

Es necesario aportar con la reclamación un informe de vida laboral (acceso solicitud vida laboral)

Inicia la reclamación desde USIPA, tu delegado está a tu disposición: usipadelegados.era@gmail.com y al teléfono: 660848016

 

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